top of page

Nos vamos a divorciar ¿Qué pasará con la vivienda?


Esta es una consulta que se está dando cada vez más en nuestro país. La difícil situación económica está haciendo que, en muchas ocasiones, las parejas elijan la opción del alquiler frente a la de compra de vivienda.

Pese a esto, la vivienda, ya sea en régimen de alquiler o en propiedad, se considera vivienda familiar, ya que con este término se define a aquella vivienda que constituye la residencia habitual de la familia, donde viven de forma regular la pareja y sus hijos.

Por esto, al producirse la separación o divorcio se tiene que acordar una medida referente al uso de la vivienda familiar, es decir, a quién se va a adjudicar. Se puede hacer en el convenio regulador si se tramita la separación o el divorcio de mutuo acuerdo, o lo establecerá en la sentencia si se tramita el divorcio de forma contenciosa.

Las dudas en esta materia se suelen generar cuando, por cualquiera de las dos vías antes mencionadas, divorcio de mutuo acuerdo o contencioso, se decide que quien se queda en la vivienda familiar es un miembro de la pareja que no aparece en el contrato de arrendamiento, por ejemplo, la esposa que es su momento no firmó el contrato o viceversa.

Ante esto, es necesario que conozcas ese miembro que no firmó el contrato de alquiler en su día, podrá permanecer en el domicilio familiar y no necesitará autorización del arrendador para seguir viviendo en la casa tras la separación o el divorcio, pero sí deberá comunicarlo fehacientemente al arrendador en el plazo de un mes desde que le fue notificada la resolución judicial (la sentencia), acompañando copia de la sentencia o de la parte de la misma que afecte al uso de la vivienda, pues así se determina en el artículo 12.3 de la Ley de arrendamientos urbanos:

Si el arrendatario abandonara la vivienda sin manifestación expresa de desistimiento o de no renovación, el arrendamiento podrá continuar en beneficio del cónyuge que conviviera con aquél siempre que en el plazo de un mes de dicho abandono, el arrendador reciba notificación escrita del cónyuge manifestando su voluntad de ser arrendatario.

Con Legal Gestión 21 Abogados encontrarás el asesoramiento legal acorde a tus intereses. Estamos de tu parte. Toda la información en: http://legalgestion21.wix.com/legalgestionabogados#!inmobiliario/cxkb

LegalGestion21 Abogados_vivienda.jpg

#alquiler

1 visualización0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page