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La vuelta al Cole


¿Estoy obligado a comprar el material escolar en el colegio? ¿Qué hacer si el colegio no facilita un menú especial en el caso de niños con alergias o intolerancias a diferentes alimentos?​ ¿Podemos exigir la eliminación de las barreras arquitectónicas?

En este curso 2015-2016 los primeros en iniciar las clases, igual que el año pasado, serán los alumnos valencianos que el 3 de septiembre volverán a las aulas. Luego, en la mayoría de las comunidades empezarán las clases el día 10 de septiembre, aunque en Cataluña y Extremadura no se abrirá el curso hasta el 14 de septiembre, es decir once días más tarde que en Valencia.

Estos días son un poco tensos para muchas familias que se ven obligadas a comprar uniformes, libros, material escolar, pensar en las actividades extraescolares de sus hijos… en definitiva, los gastos elevados de todos los años, pero que muchas veces dejamos para el último minuto.

Hemos seleccionado algunas cuestiones que nos han planteado nuestros clientes por ser muy interesantes y comunes a la mayoría de las familias que comienzan el cole en estos días.

¿Estoy obligado a comprar el material escolar en el colegio?

Una cuestión que muchas familias se plantean a la hora de comenzar el nuevo curso académico es la obligación o no de comprar el material escolar en los propios colegios.

En esta cuestión la normativa es clara, hay libertad de precios desde el año 2007, no pueden obligar a adquirir los libros en el colegio, existe libertad para poder elegir dónde comprar tanto el material escolar como el uniforme del colegio.

¿Qué hacer si el colegio no facilita un menú especial en el caso de niños con alergias o intolerancias a diferentes alimentos?

Si uno de tus hijos sufre alguna intolerancia o alergia a ciertos alimentos y debe comer en el colegio, es importante saber que el centro educativo tiene una serie de obligaciones, como puede ser la elaboración de un menú especial.

Entre las obligaciones de los centros educativos se encuentra la elaboración de menús especiales, adaptados a las necesidades de cada uno de los alumnos. Otra de las medidas que debe tomar el colegio es la elaboración de un protocolo para la realización de las comidas e informar semanal o mensualmente a los padres. Lo que se conoce por "entregar el menú" para saber el plan de comidas que nuestros hijos van a realizar.

Si por razones organizativas o de coste el centro no puede facilitar el menú especial de los pequeños, serán los padres o familiares quienes elaboren la comida de sus hijos. De producirse esta situación, el colegio está obligado a facilitar al alumno el medio más adecuado de refrigeración y calentamiento de los alimentos, exclusivo para ese alumno.

¿Podemos exigir la eliminación de las barreras arquitectónicas?

Desde el año 1982, la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos dispone que las Administraciones Públicas competentes arbitren medidas oportunas para evitar las barreras arquitectónicas, de forma que los edificios resulten accesibles y utilizables por personas con discapacidad motriz.

Tanto los centros públicos como privados deben facilitar el acceso a todos los alumnos y personas, ya sean docentes o personal del centro, para que puedan desarrollar una vida normal en el colegio y que no se sientan discriminados por ello.

Si el colegio tiene barreras arquitectónicas, no dudes en ponerte en contacto con la Dirección del centro. De no realizarse la eliminación de las barreras arquitectónicas, se debe presentar un escrito de queja ante la Consejería pertinente según la Comunidad Autónoma, quién se encargará de exigir al colegio la eliminación de la misma.

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