Dependientes, Ayuda a los cuidadores
La semana pasada , comentando con una amiga su situación, padre enfermo, hermana discapacitada, sin ninguna ayuda de tercero, se encontraba agotada, no puede más. No sabía, desconocía lo que era la ayuda a los dependientes, Es muy duro para los cuidadores estar todo el día pendiente de ellos, en el caso de mi amiga son dos personas ella trabaja, por lo que no le queda tiempo para nada. Es imposible tratar de llevar una vida normal, sin ninguna ayuda. Los cuidadores también terminan agotados, por ese motivo le comenté la ayuda a la dependencia que pueden solicitar, pero cómo y donde solicitarlas con este artículo, espero ayudar un poco a todos aquellos que desconozcan que es.

Se habla mucho de las ayudas de los dependientes, pero cómo puedo solicitarlas?
Pues bien, todos conocemos o tenemos una persona dependiente, bien persona mayor, vuestra tia, madre, probablemente nuestra vecina y se encuentran en situación de dependencia, pero bien por desconocimiento no han solicitado la ayuda de la Dependencia. Pero cómo se solicita?. Debemos acudir a nuestra Junta Municipal de Distrito y hablar con la asistente social, ella abrirá un expediente para que tu madre, tú tía o la persona que necesita esa ayuda pueda ser valorada. Una vez que es valorado el solicitante, existe un Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD).
Esta valoración se va a realizar en tú casa, en el entorno donde el dependiente vive, tienen en cuenta los informes de salud. Para la valoración, la asistente social se desplaza hasta el domicilio de la persona que necesita esa ayuda, y se realiza teniendo en cuenta los informes de salud, el entorno en el que vive.
Qué se tiene en cuenta en esa valoración?
Se valora la capacidad de la persona para llevar a cabo tareas básicas de la vida diaria, ducharse, orientarse la movilidad que tiene, si necesita ayuda o no para realizar tareas sencillas o si bien necesita ayuda de otra persona.
Qué permite está valoración? Permite establecer que grado de Dependencia tiene la persona mayor y en función de ella, tendrá un grado y a ese grado le corresponderá una ayuda.
Dependencia moderada (Grado I): si necesita apoyo al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo puntuales.
Dependencia severa (Grado II): si necesita apoyo más de una vez al día y limitan su autonomía personal.
Gran dependencia (Grado III): si necesita ayuda varias veces al día o necesita de manera continua una persona.
Qué tipo de ayudas nos pueden ofrecer?
Pues dependiendo de los grados y de lo solicitado,
- Teleasistencia
- Residencias para mayores
- Centros de Dia
- Ayuda a domicilio
También se puede percibir prestación económica, bien para la ayuda del pago de las residencias o bien que le facilite la contratación de una persona en su día a día.
Es importante, que conozcas tus derechos y que si no estás de acuerdo con la valoración que ha recibido tú familiar te pongas en contacto con LegalGestion21Abogados y nosotros te podemos asesorar. Al final el cuidador también necesita que se le cuide y mime.
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